Sunday, 19 August 2012

DE LOS ATRIBUTOS Y COMPETENCIAS DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL


Esta semana el país fue comunicado por la Corte Regional (CCJ) sobre el resultado de la consulta que la Asamblea Legislativa le hizo acerca de los fallos de inconstitucionalidad decretados recientemente por la Sala de lo Constitucional en lo que dice respecto a la elección de las magistraturas de los años 2006 y 2012.

En primer lugar, esa consulta, que el grupo de cuatro partidos políticos liderados por el FMLN hizo a la CCJ, abrió un precedente gravísimo en el país. En segundo lugar, es altamente cuestionable que el FMLN use el literal (f) del artículo 22 de las competencias y atribuciones de la CCJ para atribuirle a la CCJ una competencia que a mi ver no tiene, veamos:

“Conocer y resolver a solicitud del agraviado de conflictos que puedan surgir entre los Poderes u Órganos fundamentales de los Estados, y cuando de hecho no se respeten los fallos judiciales;”

Sin embargo, el numeral 22 dice mucho más y el Frente se empeña en ignorar por ejemplo lo que dice antes el literal (a):

“Conocer, a solicitud de cualquiera de los estados miembros, de las controversias que se susciten entre ellos. se aceptan las controversias fronterizas, territoriales y marítimas, para cuyo conocimiento se requiere la solicitud de todas las partes concernidas”.

El lector podrá leer todas las atribuciones de la CCJ al final de este texto* y establecer su propio juicio, lo que a mi ver es importante es entender hasta qué punto realmente tiene competencia la CCJ en los asuntos internos del país, o si su papel se limita a los asuntos territoriales y de integración centroamericana.  Personalmente, y después de leer y pensar sobre el tema, llegué a la conclusión que la CCJ no tiene competencia sino en temas territoriales y de integración, algo que a mi ver se puede concluir perfectamente de los estatutos de la CCJ en particular del artículo 22.

Dicho eso considero de vital importancia que antes de encerrar ese negro capítulo de la historia de la Asamblea Legislativa -un capítulo mucho peor que el que generó el fallecido decreto 743 – se le debe poner un punto final a esa historia de desacatar los decretos de la Sala apelando a la CCJ. ¿Por qué? Porque de no hacerlo se dejará la puerta abierta(el precedente gravísimo) para que los partidos políticos, hoy el FMLN, mañana quien sabe cual, lancen mano de ese mecanismo para desautorizar a la Sala de lo Constitucional para emitir fallos de inconstitucionalidad conforme consta en el artículo número 183 de la Constitución:

ARTICULO 183.- La Corte Suprema de Justicia por medio de la Sala de lo Constitucional será el único tribunal competente para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, en su forma y contenido, de un modo general y obligatorio, y podrá hacerlo a petición de cualquier ciudadano.

O les exigimos  a los políticos que cierren esa brecha o brevemente tendremos una avalancha de consultas a la CCJ que habrán de inviabilizar el funcionamiento de CSJ, en particular de la Sala de lo Constitucional, y tendremos un apéndice de la CSJ sedeada en Managua. Si necesitamos de un órgano como la Corte Regional para que decida por el país si un determinado fallo de la Sala es inconstitucional o no, pues se cierra la Sala de lo Constitucional de una vez por todas y sometemos todos nuestros pedidos de inconstitucionalidad directamente a la CCJ.

La “negociación” que está teniendo lugar en CAPRES no puede concluirse sin que se le ponga un basta a las consultas a la CCJ porque no hacerlo implica básicamente en anular el artículo 183 de nuestra Constitución, negándole  así a la Sala su papel exclusivo en materia Constitucional.

Edwin Lima
edwinlima.blogspot.com

*Estatutos de la CCJ: http://bit.ly/NRl5aY

DE LA COMPETENCIA Y OTRAS FACULTADES

Articulo 22.- la competencia de la corte será:

a) conocer, a solicitud de cualquiera de los estados miembros, de las controversias que se susciten entre ellos. se aceptan las controversias fronterizas, territoriales y marítimas, para cuyo conocimiento se requiere la solicitud de todas las partes concernidas.

Previamente las respectivas cancillerías deberán procurar un avenimiento, sin perjuicio de poder intentarlo posteriormente en cualquier estado del juicio.

b) conocer de las acciones de nulidad y de incumplimiento de los acuerdos de los organismos del sistema de la integración centroamericana.

c) conocer, a solicitud de cualquier interesado, acerca de las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas o de cualquier otra clase dictadas por un estado, cuando afecten los convenios, tratados y de cualquier otra normativa del derecho de la integración centroamericana, o de los acuerdos o resoluciones de sus órganos u organismos;

ch) conocer y fallar, si así lo decide, como árbitro, de los asuntos en que las partes la hubieren solicitado como tribunal competente. también podrá decidir, conocer y resolver un litigio ex aequo et bono, si los interesados, lo convienen;

d) actuar como tribunal de consulta permanente de las cortes supremas de justicia de los estados, con carácter ilustrativo;

e) actuar como órgano de consulta de los órganos u organismos del sistema de la integración centroamericana, en la interpretación y aplicación del "protocolo de tegucigalpa de reformas a la carta de la organización de estados centroamericanos (odeca)" y de los instrumentos complementarios y actos derivados de los mismos;

f) conocer y resolver a solicitud del agraviado de conflictos que puedan surgir entre los poderes u órganos fundamentales de los estados, y cuando de hecho no se respeten los fallos judiciales;

g) conocer de los asuntos que someta directa e individualmente cualquier afectado por los acuerdos del órgano u organismo del sistema de la integración centroamericana;

h) conocer de las controversias o cuestiones que surjan entre un estado centroamericano y otro que no lo sea, cuando de común acuerdo le sean sometidos;

i) hacer estudios comparativos de las legislaciones de centroamérica para lograr su armonización y elaborar proyectos de leyes uniformes para realizar la integración jurídica de centroamérica.
Esta labor la realizará en forma directa o por medio de institutos u organismos especializados como el consejo judicial centroamericano o el instituto centroamericano de derecho de integración;

j) conocer en última instancia, en apelación, de las resoluciones administrativas, dictadas por los órganos u organismos del sistema de la integración centroamericana, que afecten directamente a un miembro del personal del mismo y cuya reposición haya sido denegada;

k) resolver toda consulta prejudicial requerida por todo juez o tribunal judicial que estuviere conociendo de un caso pendiente de fallo encaminada a obtener la aplicación o interpretación uniforme de las normas que conforman el ordenamiento jurídico del "sistema de la integración centroamericana", creado por el "protocolo de tegucigalpa", sus instrumentos complementarios o actos derivados del mismo.

Sunday, 12 August 2012

REFORMA CONSTITUCIONAL PARCIAL






EL artículo 131 inciso 19 de la Constitución de la República dice:

“Elegir por votación nominal y pública a los siguientes funcionarios: Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Presidente y Miembros del Tribunal Supremo Electoral, Presidente y Magistrados de la Corte de Cuentas de la República, Fiscal General de la República y Procurador General de la República, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y Miembros del Consejo Nacional de la Judicatura”

En el dictamen número 13 fue aprobada el pasado 10 de agosto de 2012 una reforma a la Constitución al artículo antes citado, refiriéndose así “al expediente Nº 2082-3-2012-1 que contiene una moción en el sentido se reforme la Constitución de la República, a fin de que la Corte de Cuentas sea independiente y se introduzca la prohibición de realizar dos veces la elección de los funcionarios a los que se refiere el ordinal 19º del artículo 131 Cn. En un mismo periodo legislativo, salvo en casos de muerte, renuncia, destitución o grave impedimento del funcionario electo en esa legislatura”.

Así, acatando el pedido de los “Aliados por la Democracia” los diputados del FMLN, GANA, CN y PES aprobaron el pasado viernes una reforma a la Constitución. Sin embargo, los mismos diputados representantes de “Aliados por la Democracia” se opusieron a la reforma. ¿Por qué? Porque la reforma, conforme consta en el dictamen número trece fue acatada parcialmente y el texto de reforma a la Constitución se lee como sigue conforme consta en el dictamen:

“Elegir por votación nominal y pública a los siguientes funcionarios : Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Presidente y Miembros del Tribunal Supremo Electoral, Presidente y Magistrados de la Corte de Cuentas de la República, Fiscal General de la República y Procurador General de la República.

Una misma legislatura no podrá elegir más de un tercio de la Corte Suprema de Justicia, salvo en casos de sustitución de uno o más de sus miembros por causas legales.

Cualquier elección realizada en contradicción a lo establecido en el inciso anterior será nula y de ningún valor”*

Ahora bien, el FMLN y sus aliados hicieron una reforma parcial por razones inconfesables bajo el alegato de que “la Comisión considera necesario realizar un estudio complementario de las modificaciones institucionales y, por ello, en esta ocasión sólo se emite un dictamen favorable parcial a la moción de mérito” *.

Dicho de otra forma, el FMLN y sus aliados llegaron a un acuerdo (léase chanchullo) con GANA, CN y PES apenas en relación a los magistrados pero no están dispuestos a renunciar a la posibilidad de poder elegir con una misma legislatura los otros cargos en cuestión. ¿Podrían explicar por qué para los cargos de la magistratura de la CSJ se acata la moción pero no para los otros cargos? ¿Por qué para la elección de los magistrados de la CSJ la Constitución debe ser explícita mientras que para los otros cargos no? ¿Qué tipo de análisis es aún necesario para poder incluir estos cargos en la reforma constitucional en cuestión?

La única conclusión a la que se puede llegar delante de tamaña desfachatez es que el FMLN negoció con GANA el cargo de Fiscal General en la persona de Astor Escalante y el partido naranja sólo daba sus votos para la elección de los magistrados pero no estaba dispuesto a renunciar a la Fiscalía General. Con esta reforma “parcial” el FMLN le hace un gran mal al país entregándole la llave del cofre al ladrón, dando continuidad a la incoherencia que viene caracterizando al partido rojo desde que resolvió aliarse con la derecha.

Si la reforma constitucional que proponían “Aliados por la Democracia” ya era pobre, porque le dejaba a los partidos políticos la prerrogativa de elegir a los magistrados de la CSJ y los otros cargos de los cuáles habla el artículo 131, inciso 19 de la Constitución, con esa reforma parcial se deja la puerta abierta para una nueva crisis. Esta reforma deberá ser avalada por la próxima legislatura dentro de tres años con mayoría calificada, o sea, con no menos de 56 votos, lo que evidentemente generará una nueva crisis, incluso abrirá la posibilidad de que la actual reforma sea derogada lo que hará que el país vuelva al mismo punto donde se encuentra ahora.

El FMLN pagará caro esa alianza que mantiene con GANA y la historia habrá de juzgar si su proceder está siendo coherente con los principios que un día nortearon esa organización, y no sólo eso, desde ya podemos decir que están pisoteando la sangre derramada por millares de salvadoreños durante la guerra civil.

Tanto ARENA como el FMLN y sus aliados buscan mantener el control de la CSJ y de la Fiscalía, ambos le mienten al país levantando la bandera de la democracia y del Estado de Derecho, cuando la verdad lo único que buscan es defender sus intereses partidarios los cuales no representan la voluntad popular.

La crisis aún no está superada y más algunas reuniones en CAPRES deben acontecer donde ARENA, FMLN, GANA, PES y CN habrán de sortearse el manto sagrado de la CSJ y la Fiscalía, hundiendo al país a cada día más en la desgracia.

Le dejo al lector para que lea con sus propios ojos el dictamen de la reforma constitucional.

*http://bit.ly/NrV401

Edwin Lima
edwinlima.blogspot.com

Wednesday, 1 August 2012

CHÁVEZ Y EL MERCOSUR



Confieso que no soy un gran simpatizante del señor presidente de Venezuela, Hugo Chávez, su estilo de gobernar, su manera autoritaria e impulsiva, así como su falta de seriedad y diplomacia cuando sube a  la tribuna en los foros internacionales, no son cosas que me despierten simpatía o admiración hacia su persona. De igual forma no me parece muy democrática su manera de gobernar, de hacer cambios en la Constitución que le permitan sucesivas reelecciones, cambios que por cierto fueron avalados através de referendos; no creo que esa sea la mejor forma de gobernar, la alternancia en el poder, no sólo de partido como de candidato presidencial me parece bastante saludable y recomendable para las jóvenes democracias latinoamericanas.

Tampoco considero democrático amordazar a la prensa, cerrar canales de televisión o simplemente silenciar a los opositores. Definitivamente tengo serias dudas que estas sean maneras democráticas de gobernar un país.

Sin embargo, ¿será que la propaganda negativa que la derecha salvadoreña hace del señor Chávez procede? ¿Será que realmente este señor es ese Satanás que tanto la derecha intenta meter en el inconsciente colectivo? ¿Será que el gobierno de Chávez realmente constituye una amenaza a las “democracias” latinoamericanas? ¿De cuántas invasiones tenemos noticia que Chávez efectuó en países amigos o enemigos? ¿Cuántos golpes de estado fueron patrocinados por Chávez? ¿Cuántos países productores de petróleo fueron invadidos por el ejército de la República Bolivariana de Venezuela? ¿Cuántos buques de guerra atracaron frente a los puertos de la Ceiba y Cortez cuando el golpe perpetrado por el señor Micheletti tuvo lugar en Honduras, a pesar de las amenazas hechas por Chávez? ¿Alguien recuerda cuántos aviones de guerra venezolanos sobrevolaron Paraguay después del golpe de estado perpetrado contra al presidente Lugo? ¿Fue El Salvador invadido por las fuerzas armadas venezolanas para garantizar que Ovidio Bonilla tomara pose como presidente de la CSJ algunas semanas atrás? ¿O era por acaso venezolano, enviado por Chávez, el cerrajero que violó las chapas de varios despachos en la CSJ? ¿Ha sido México invadido por Chávez para hacer “justicia” y así revertir el supuesto fraude cometido por el PRI contra el partido de López Obrador?

¿Son los drones (aviones tele-guiados) que sobrevuelan Afganistán y Paquistán enviados por Chávez? ¿O son venezolanos los pilotos que los controlan remotamente? ¿Por quienes fueron invadidos Irak, Afganistán y Libia, por Chávez y su “eje del mal”, o por Estados Unidos y sus aliados europeos, “el eje del bien”? ¿Quién es el mayor productor de armas del mundo,  Estados Unidos o Venezuela? ¿Entre los diez mayores fabricantes de armas del mundo, cuántos son venezolanos y cuántos son estadounidenses/europeos?

¿Cuál es el país que tiene más bases militares alrededor del mundo, EUA o Venezuela? ¿Cuántas guerras han sido financiadas por Venezuela y cuantas por los países ricos? ¿Qué es lo que Venezuela le vende a muchos países, entre ellos Estados Unidos, petróleo o armas?

Realmente el señor Chávez tiene algunos procedimientos no muy democráticos que se diga, y no sólo eso, también algunos amigos acerca de los cuáles yo tengo mis serias dudas, como el presidente de Iran, o el fallecido Mohammed Gadafi, pero, juzgue usted excelentísimo lector, delante de la inminente realidad, a quien le temería más usted, ¿a Venezuela y su presidente Chávez, o a Estados Unidos y a sus aliados europeos?

Venezuela acabó de ingresar al Mercosur y para muchos la unión formada por Brasil, Argentina, Uruguay y Venezuela, países gobernados por la izquierda, constituye una señal apocalíptica, el fin está cerca. Sin embargo, los países ricos, liderados por Estados Unidos, van dejando sangre, destrucción y muerte por donde pasan, apropiándose de los recursos naturales de los países que invaden y amenazando la soberanía de todo aquel país que ose contrariar sus intereses. Pero mismo así la derecha salvadoreña insiste que es Chávez quien constituye una amenaza para América Latina y para el mundo.

Se repite tanto una mentira que al final las personas acaban aceptándola como verdad, sin ni siquiera darse a la tarea de cuestionarla a la luz de la realidad.

Edwin Lima
edwinlima.blogspot.com